Servicio de formalización
Inicio de actividades en el SII con el giro correcto
El aviso es gratis y se hace en sii.cl, pero un código de actividad mal elegido se arrastra en cada factura y en cada declaración. Lo revisamos contigo antes de que lo envíes.

Cuándo hay que darlo
Todo contribuyente, incluidas las sociedades, tiene que avisar al SII que empezó a funcionar. El plazo vence al terminar los dos meses siguientes al mes del primer acto de comercio u operación que genere impuestos, no desde la fecha en que se creó la empresa.
El propio SII da un ejemplo: si empiezas a operar el 12 de marzo, tienes hasta el 31 de mayo para dar el aviso. Por eso una empresa constituida hace meses que todavía no vende no está atrasada, pero alguien que ya vendió sin aviso sí puede estarlo.
El código de actividad: donde más se equivoca la gente
En el aviso eliges una o más actividades económicas de la lista oficial del SII. Cada código tiene seis dígitos y la lista se basa en la clasificación internacional CIIU. El problema es que muchas actividades se parecen, y la que suena más cercana no siempre es la correcta.
La lista de códigos del SII muestra, para cada código, si está afecto a IVA, su categoría tributaria y si está disponible por internet. Esos tres datos definen si vas a cobrar IVA, si emites facturas o boletas de honorarios, y si el trámite se puede terminar en línea.
Qué revisamos antes de que envíes
- Que el código describa lo que de verdad vendes, no lo que quizás hagas algún día
- Si te conviene un código o varios, según tus productos y servicios
- Que la categoría tributaria calce con cómo vas a cobrar
- Que el domicilio que declaras sea uno que puedas respaldar
El domicilio también importa
La dirección que declaras es donde el SII entiende que funciona tu negocio. Si trabajas desde tu casa, desde una oficina compartida o desde un local arrendado, lo vemos contigo antes de enviar, porque cambiarla después es otro trámite.
¿Este servicio es para ti?
Te sirve si
- Vas a empezar a vender y no sabes qué código elegir
- Acabas de crear tu empresa en el Registro
- Emitirás boletas de honorarios por primera vez
- Ya vendiste y necesitas regularizar el aviso
No lo necesitas si
- Ya diste inicio y tu giro calza con lo que vendes
- Solo quieres agregar un código a un inicio que ya existe y sabes cuál es
- Todavía no tienes claro qué vas a vender
Lo que haces tú y lo que hacemos nosotros
El aviso lo envías tú con tu clave del SII. Nuestro trabajo es que lo envíes sin dudas.
Tú
- Entras a sii.cl con tu clave tributaria
- Confirmas los datos y envías el aviso
- Guardas el comprobante que entrega el SII
Nosotros
- Elegimos contigo el código de actividad
- Revisamos la categoría y si cobrarás IVA
- Te acompañamos por videollamada mientras lo haces
- Te dejamos anotado el paso siguiente: facturar
Cuánto cuesta en el mercado
El aviso es gratuito. Si quieres ayuda, este es el rango que publican estudios contables chilenos por acompañarlo.
| Qué se cotiza | Rango de mercado | Nota |
|---|---|---|
| Aviso de inicio de actividades en el SII | Gratis | Lo hace el titular en sii.cl |
| Inicio de actividades con asesoría | $40.000 a $90.000 | Contauditor, más IVA; incluye elección de régimen y códigos |
Valores referenciales de mercado en Chile, se confirman tras evaluación. Revisados el 28 de septiembre de 2026 en las fuentes indicadas.
Fuentes: SII, inicio de actividades, Contauditor, cuánto cobra un contador en Chile
¿Cuál es el plazo para dar inicio de actividades?
Hasta el último día de los dos meses siguientes al mes de tu primer acto que genere impuestos, por ejemplo tu primera venta. El SII lo cuenta desde que empiezas a operar, no desde que creaste la empresa. Si partiste el 12 de marzo, el plazo vence el 31 de mayo.
¿Qué giro elijo?
El que describa lo que de verdad vendes hoy. Se elige de la lista de códigos de actividad del SII y puedes declarar más de uno. Mándanos qué vendes y a quién, y te proponemos los códigos con su categoría antes de que envíes el aviso.
¿Puedo usar mi casa como domicilio?
Muchas personas lo hacen, sobre todo en servicios que se prestan a distancia. Lo importante es que puedas respaldar que usas esa dirección. Lo revisamos contigo antes de enviar, porque cambiar el domicilio después es otro trámite.
¿Primera o segunda categoría?
En simple: la primera categoría es para quien vende productos o servicios como negocio y emite facturas o boletas de venta; la segunda es para quien trabaja de forma independiente y emite boletas de honorarios. La lista de códigos del SII indica la categoría de cada actividad.
¿Tengo que dar inicio si todavía no vendo nada?
El plazo corre desde el primer acto que genere impuestos. Si aún no vendes, no estás atrasado. Aun así, conviene tenerlo listo antes de la primera venta, porque sin inicio de actividades no puedes emitir facturas.
Cuéntanos en qué está tu negocio
Escríbenos lo que tienes hoy y lo que te falta. Te respondemos con el orden de los pasos y lo que cuesta cada uno.